La pensión de alimentos es una de las cuestiones que más dudas genera en las rupturas de pareja con hijos. No se trata solo de "comida", sino que engloba todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación del menor (art. 142 del Código Civil).
¿Cómo se calcula?
No existe una fórmula matemática exacta en la ley, pero los tribunales utilizan baremos orientadores (como las tablas del CGPJ) que tienen en cuenta:
- Los ingresos netos de ambos progenitores.
- El número de hijos.
- Las necesidades específicas de los menores (gastos escolares, médicos, actividades extraescolares, etc.).
- El lugar de residencia (coste de vida).
- El régimen de custodia (en custodia compartida los gastos se reparten de forma diferente).
Actualización con el IPC
Es obligatorio actualizar la pensión anualmente conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el INE. No hacerlo puede generar una deuda que el otro progenitor puede reclamar judicialmente, con efecto retroactivo de hasta 5 años. Es una obligación del pagador actualizarla sin necesidad de requerimiento previo.
¿Cuándo se extingue?
Contrario a la creencia popular, la pensión no se extingue automáticamente a los 18 años. La obligación continúa mientras el hijo sea dependiente económicamente y esté formándose, siempre que no sea por causa imputable a su propia desidia o falta de aprovechamiento en los estudios.
La independencia económica real o la incorporación al mercado laboral de forma estable son las causas principales para solicitar su extinción. También puede extinguirse por falta de relación manifiesta entre padres e hijos, si esta es imputable exclusivamente a los hijos mayores de edad.
La pensión de alimentos es una de las cuestiones que más dudas genera en las rupturas de pareja con hijos. No se trata solo de "comida", sino que engloba todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación del menor (art. 142 del Código Civil).
¿Cómo se calcula?
No existe una fórmula matemática exacta en la ley, pero los tribunales utilizan baremos orientadores (como las tablas del CGPJ) que tienen en cuenta:
- Los ingresos netos de ambos progenitores.
- El número de hijos.
- Las necesidades específicas de los menores (gastos escolares, médicos, actividades extraescolares, etc.).
- El lugar de residencia (coste de vida).
- El régimen de custodia (en custodia compartida los gastos se reparten de forma diferente).
Actualización con el IPC
Es obligatorio actualizar la pensión anualmente conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el INE. No hacerlo puede generar una deuda que el otro progenitor puede reclamar judicialmente, con efecto retroactivo de hasta 5 años. Es una obligación del pagador actualizarla sin necesidad de requerimiento previo.
¿Cuándo se extingue?
Contrario a la creencia popular, la pensión no se extingue automáticamente a los 18 años. La obligación continúa mientras el hijo sea dependiente económicamente y esté formándose, siempre que no sea por causa imputable a su propia desidia o falta de aprovechamiento en los estudios.
La independencia económica real o la incorporación al mercado laboral de forma estable son las causas principales para solicitar su extinción. También puede extinguirse por falta de relación manifiesta entre padres e hijos, si esta es imputable exclusivamente a los hijos mayores de edad.